SE APROBÓ LA PROHIBICIÓN DE QUEMA EN RAWSON

 

El Concejo Deliberante de Rawson aprobó

Ordenanza N° 600-K que prohíbe la quema

en todo el departamento de Rawson.

 

En su Artículo N° 1 manifiesta

 

"Prohibir la quema en todo el departamento de Rawson exceptuando la quema controlada

 

en zonas rurales y semi-rurales a productores del departamento con prácticas referidas al manejo del cultivo."

 

 

 

Entiéndase por quema, al que por cualquier finalidad provocare o activare fuego,

 

incendio o quema de campos o propiedades en zona rural o urbana, cuando por su

 

desproporción, extensión o intensidad ponga en peligro a personas, cosas o propiedades

 

vecinas o desprenda humo o sustancias en suspensión que puede afectar el ambiente,

 

bienestar, la salud o tranquilidad de los seres vivientes.

 

 

 

Denomínese quema controlada, al uso del fuego de forma segura y planificada manteniéndolo

 

bajo control dentro de un área determinada, en el caso de Rawson, a través del seguimiento

 

de Protección Civil con el fin de asegurar el control del fuego para evitar desastres naturales.

 

 

 

 

 

 

 

EL TEXTO COMPLETO DE LA NORMA:

 

ORDENANZA  N° 600-K

 

 

 

VISTOS:

Constitución Nacional artículo 41. Artículo 15 de la Carta Orgánica Municipal.

 

Ley Nacional N° 26.562. Ley Provincial 7655, expediente N° 3733 del HCD.

 

 

 

Y CONSIDERANDO:   

 

 

 

 Que los incendios intencionales constituyen un importante agente de perturbación de los ecosistemas

 

que afecta millones de hectáreas cada año. Los problemas se generan cuando estos incendios, acentuados

 

por intensas sequías, se vuelven ingobernables, como está ocurriendo actualmente en gran parte de nuestro

 

país, afectando a los ambientes, su biota y la salud de los seres vivos.

 

Que los incendios de pastizales y bosques, según investigadores/as del CONICET provocan la disminución

 

de los niveles de infiltración y retención de agua en el suelo y producen una pérdida del carbono almacenado

 

en la vegetación y del carbono y nitrógeno en las capas superficiales del suelo. Estas pérdidas pueden demorar

 

más de una década en ser recuperadas. Con el incendio aumenta la producción de carbón superficial y almacenado

 

bajo tierra y se modifican los flujos gaseosos, la liberación del carbono (CO2) y de partículas (cenizas) a la atmósfera

 

y al agua. Mucho del material liberado precipita o escurre hacia los cursos o cuerpos de agua y provoca cambios en las

 

concentraciones de nutrientes, la carga de sedimentos, el contenido de carbono y la concentración de metales.

 

Es por todo esto que los incendios impactan negativamente sobre la calidad del agua, todo el ecosistema se ve modificado.

 

Que el impacto del incendio depende principalmente de la intensidad y extensión, que a su vez se encuentra influido por

 

variables climáticas, hidrológicas y por la cantidad de combustible disponible en el ecosistema. Dependiendo de la composición

 

mineral y el tipo de vegetación, las temperaturas resultan letales para los organismos de los primeros centímetros de suelo

 

(invertebrados y otros microorganismos). Muchos invertebrados terrestres, así como anfibios, reptiles e incluso algunos mamíferos

 

no escapan a las llamas o al calor y mueren durante el incendio y muchos de los que sobreviven, mueren posteriormente por la

 

pérdida de su hábitat, refugios, recursos tróficos, aumento de la depredación, etc.

 

Que en cuanto a la salud humana, el principal resultado de las quemas que podremos notar es la presencia de una gran cantidad

 

de humo. El humo es el resultado de la combustión incompleta de un material y es una mezcla de gases, vapores y pequeñas

 

partículas líquidas (gotas) y sólidas (carbón u hollín) en suspensión. Los gases que se desprenden van a depender en gran medida

 

del tipo del combustible, pero la mayoría son tóxicos. Dentro del humo se formarán muchas sustancias capaces de generar daño

 

agudo (corto plazo) o crónico (largo plazo) sobre la salud humana. Estos gases tóxicos pueden ser irritantes y asfixiantes, siendo

 

los más importantes el monóxido de carbono, cianuro, amoniaco, benceno, formaldehído, óxidos nitroso y nítrico.  Las partículas

 

de mayor tamaño suspendidas en la atmósfera pueden quedar atrapadas en el material mucoso del aparato respiratorio, o bien

 

inducir el reflejo de tos y eliminarse con cierta facilidad. En cambio, las partículas pequeñas pueden llegar más profundas en

 

el aparato respiratorio y producir alteraciones mayores e incluso inducir procesos asmáticos o agravar los preexistentes.

 

Que en la Ciudad de Rawson en el año 2020 se produjeron un total de 90 incendios, entre ellos se quemaron viviendas,

 

perdieron la vida animales y personas, se perdió un local comercial, entre otras. Durante el año 2021, hasta julio, en el departamento

 

causaron 89 incendios, en los cuales ocurrieron pérdidas materiales como maquinarias, movilidades, quema de viviendas y animales.

 

Que, debido a estas situaciones y a los conocimientos obtenidos a partir de numerosos estudios permitieron desarrollar

 

técnicas apropiadas para el manejo controlado del fuego y así lograr los máximos beneficios del mismo sobre el

 

pastizal natural. Las quemas controladas son aquellas en las que se limita la aplicación del fuego a un área determinada y

 

su planificación requiere conocimientos sobre las condiciones meteorológicas (temperatura, humedad relativa, velocidad del viento),

 

el lugar y el control del fuego.

 

Que para llevar a cabo una quema controlada se debe contar con los conocimientos adecuados y profesionales experimentados

 

que conozcan los protocolos de manejo del fuego. No sólo se debe conocer la técnica de manejo del fuego para evitar escapes

 

sino también se tiene que conocer, entre otras cosas, la época adecuada para llevarlos a cabo, ya que la respuesta del pastizal

 

natural varía significativamente en función de ello.

 

Que en Rawson se implementan las quemas controladas están a cargo de la Dirección de Protección civil y durante el año en curso

 

se han realizado 29 de estas prácticas. Las solicitudes más comunes de san por parte de los productores y productoras del

 

Médano de Oro los cuales queman los residuos de espárragos para mejorar su producción. Con estas prácticas de quemas controladas

 

se han producido 48 incendios de mayo a junio del 2021, mientras que las quemas sin ser controladas han ocasionado 148 incendios

 

en simplemente un mes.

 

Que se han observado en ciertas ocasiones por no tener conocimiento correspondiente, han ocurrido incendios de magnitudes

 

importantes llegando a sufrir pérdidas materiales y de seres vivos, siendo así necesaria la implementación una norma con el fin de

 

poder cumplir con los objetivos planteados procedentemente.

 

Que según establece el Código de Faltas, Ley 941- R, en su artículo 169, plantea: “Arrojamiento de residuos, emanaciones de gases,

 

provocación de fuego: Será sancionado, conjunta o alternativamente, con pena de multa de treinta (30 J) a mil jus (1.000 J),

 

trabajos de utilidad pública y/o arresto de cinco (5) a treinta (30) días, el que en lugares públicos o privados no habilitados al efecto:

 

Produzca, provoque o active fuego y/o incendio, cualquiera sea su tipo o motivo, en zona urbana o rural, salvo que cuente con

 

autorización expresa del organismo competente

 

 

 

Que es precedente dictar instrumento legal.

 

 

 

 

 

 

 

POR ELLO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

 

 

 

DE LA CIUDAD DE RAWSON

 

 

 

SANCIONA:

 

 

 

ARTÍCULO 1º.- Prohibir la quema en todo el departamento de Rawson exceptuando la quema controlada en zonas rurales

 

y semi-rurales a productores del departamento con prácticas referidas al manejo del cultivo.

 

 

 

ARTÍCULO 2º.- Entiéndase por quema, al que por cualquier finalidad provocare o activare fuego, incendio o quema de campos

 

o propiedades en zona rural o urbana, cuando por su desproporción, extensión o intensidad ponga en peligro a personas, cosas o

 

propiedades vecinas o desprenda humo o sustancias en suspensión que puede afectar el ambiente, bienestar, la salud o tranquilidad

 

de los seres vivientes. 

 

 

 

ARTICULO 3°: Denomínese quema controlada, al uso del fuego de forma segura y planificada manteniéndolo bajo control

 

dentro de un área determinada, en el caso de Rawson, a través del seguimiento de Protección Civil con el fin de asegurar el control

 

del fuego para evitar desastres naturales.

 

 

 

ARTÍCULO 4º.- El DEM creará un registro municipal de productores y productoras agropecuarios/as y el mismo estará a

 

cargo de la Dirección de Producción Agrícola Ganadera perteneciente a la Secretaría de Hacienda y Finanzas de la Municipalidad

 

de Rawson.

 

 

 

ARTÍCULO 5º.- Autorizar el ejercicio de la quema controlada en los periodos comprendidos entre los meses de abril a julio

 

de cada año, a los productores/as registrados/as. Las autoridades competentes establecerán las condiciones y requisitos técnicos

 

para prevenir el riesgo de propagación del fuego y resguardar la salud y seguridad pública. Para la autorización de las quemas

 

se deberán contemplar al menos, parámetros climáticos, estacionales, regionales, de preservación del suelo, flora, fauna y situación

 

hídrica y, podrán suspender o interrumpir la ejecución de quema cuando las condiciones meteorológica o de otro tipo que implique

 

un riego grave o peligro de incendios.

 

 

 

ARTÍCULO 6º.- Las solicitudes de autorización de quemas controladas deberán contener la siguiente información:

 

 

 

A) Datos del responsable de la explotación del predio.

 

 

 

B) Datos del titular del dominio.

 

 

 

C) Consentimiento del titular/apoderado/contratista/heredero del dominio

 

 

 

D) Identificar el predio en el que se desarrolla la quema y metros cuadrados aproximados.

 

 

 

E) Objetivo de la quema y descripción de la vegetación y/o residuos vegetales que se desean eliminar.

 

 

 

F) Técnicas a aplicar para el encendido, control y extinción del fuego.

 

 

 

G) Medidas de prevención y seguridad a aplicar para evitar la dispersión del fuego y resguardar la salud y seguridad pública.

 

 

 

H) Fecha y hora propuesta de inicio y fin de la quema con la mayor aproximación posible.

 

 

 

ARTÍCULO 7º.-  La migración de la quema controlada tendrá fecha límite y será estipulada por el Departamento Ejecutivo Municipal.

 

 

 

ARTÍCULO 8º.- El DEM, a través de la Dirección de Producción Agrícola Ganadera perteneciente a la Secretaría de

 

Hacienda y Finanzas, deberá ejecutar un plan de capacitaciones destinado a brindar las herramientas necesarias para facilitar

 

la transición de prácticas tradicionales de quema en el departamento a prácticas de manejo con principios ecológicos

 

enmarcados en el paradigma de Agroecología, promoviendo la producción y uso de bioinsumos en sus unidades productivas.

 

 

 

ARTÍCULO 9º.- Los productores/as registrados del departamento deberán asistir, obligatoriamente, a las capacitaciones

 

destinadas a la transición de las prácticas de quema a prácticas  de manejo del fuego con principios ecológicos.

 

 

 

ARTÍCULO 10º.- Modificar el artículo 194 de la Ordenanza Municipal N°207-k ( Código de Faltas Municipal)  el que quedará

 

redactado de la siguiente manera:

 

 

 

            Artículo 194 – Fuego – Quemas: Se impondrá una multa de tres mil (3.000) a siete mil (7.000) UTR a quien provocare o

 

activare fuego,           incendio, quema a cielo abierto, combustión, en zona rural o urbana.      Idéntica sanción corresponde

 

al propietario del inmueble que por cualquier      finalidad provocare o activare fuego, incendio o quema de        campos o      

 

propiedades en zona rural o urbana, cuando por su          desproporción,         extensión o intensidad ponga en peligro a personas,

 

cosas o propiedades vecinas o desprenda humo o sustancias en suspensión que puede afectar            el             ambiente, bienestar,

 

la salud o tranquilidad de los seres vivientes. 

 

 

 

ARTÍCULO 11º.- Facultar al área de Protección Civil y/o Dirección de Seguridad Comunitaria dependiente

 

de la Secretaría de Gobierno de la Municipalidad de Rawson a labrar las actas, infracciones y/o multas correspondientes.

 

 

 

ARTÍCULO 12º.- Se faculta al Poder Ejecutivo para reglamentar la norma.

 

 

 

ARTÍCULO 13º.- Comuníquese, publíquese, hecho, archívese.

 

 

 

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los dieciséis días del mes de marzo de dos mil veintidós.

 

 

 

ARTÍCULO 13º.- Comuníquese, publíquese, hecho, archívese.

 

 

 

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los dieciséis días del mes de marzo de dos mil veintidós.