El Concejo Deliberante de Rawson aprobó
Ordenanza N° 600-K que prohíbe la quema
en todo el departamento de Rawson.
En su Artículo N° 1 manifiesta
"Prohibir la quema en todo el departamento de Rawson exceptuando la quema controlada
en zonas rurales y semi-rurales a productores del departamento con prácticas referidas al manejo del cultivo."
Entiéndase por quema, al que por cualquier finalidad provocare o activare fuego,
incendio o quema de campos o propiedades en zona rural o urbana, cuando por su
desproporción, extensión o intensidad ponga en peligro a personas, cosas o propiedades
vecinas o desprenda humo o sustancias en suspensión que puede afectar el ambiente,
bienestar, la salud o tranquilidad de los seres vivientes.
Denomínese quema controlada, al uso del fuego de forma segura y planificada manteniéndolo
bajo control dentro de un área determinada, en el caso de Rawson, a través del seguimiento
de Protección Civil con el fin de asegurar el control del fuego para evitar desastres naturales.
EL TEXTO COMPLETO DE LA NORMA:
ORDENANZA N° 600-K
VISTOS:
Constitución Nacional artículo 41. Artículo 15 de la Carta Orgánica Municipal.
Ley Nacional N° 26.562. Ley Provincial 7655, expediente N° 3733 del HCD.
Y CONSIDERANDO:
Que los incendios intencionales constituyen un importante agente de perturbación de los ecosistemas
que afecta millones de hectáreas cada año. Los problemas se generan cuando estos incendios, acentuados
por intensas sequías, se vuelven ingobernables, como está ocurriendo actualmente en gran parte de nuestro
país, afectando a los ambientes, su biota y la salud de los seres vivos.
Que los incendios de pastizales y bosques, según investigadores/as del CONICET provocan la disminución
de los niveles de infiltración y retención de agua en el suelo y producen una pérdida del carbono almacenado
en la vegetación y del carbono y nitrógeno en las capas superficiales del suelo. Estas pérdidas pueden demorar
más de una década en ser recuperadas. Con el incendio aumenta la producción de carbón superficial y almacenado
bajo tierra y se modifican los flujos gaseosos, la liberación del carbono (CO2) y de partículas (cenizas) a la atmósfera
y al agua. Mucho del material liberado precipita o escurre hacia los cursos o cuerpos de agua y provoca cambios en las
concentraciones de nutrientes, la carga de sedimentos, el contenido de carbono y la concentración de metales.
Es por todo esto que los incendios impactan negativamente sobre la calidad del agua, todo el ecosistema se ve modificado.
Que el impacto del incendio depende principalmente de la intensidad y extensión, que a su vez se encuentra influido por
variables climáticas, hidrológicas y por la cantidad de combustible disponible en el ecosistema. Dependiendo de la composición
mineral y el tipo de vegetación, las temperaturas resultan letales para los organismos de los primeros centímetros de suelo
(invertebrados y otros microorganismos). Muchos invertebrados terrestres, así como anfibios, reptiles e incluso algunos mamíferos
no escapan a las llamas o al calor y mueren durante el incendio y muchos de los que sobreviven, mueren posteriormente por la
pérdida de su hábitat, refugios, recursos tróficos, aumento de la depredación, etc.
Que en cuanto a la salud humana, el principal resultado de las quemas que podremos notar es la presencia de una gran cantidad
de humo. El humo es el resultado de la combustión incompleta de un material y es una mezcla de gases, vapores y pequeñas
partículas líquidas (gotas) y sólidas (carbón u hollín) en suspensión. Los gases que se desprenden van a depender en gran medida
del tipo del combustible, pero la mayoría son tóxicos. Dentro del humo se formarán muchas sustancias capaces de generar daño
agudo (corto plazo) o crónico (largo plazo) sobre la salud humana. Estos gases tóxicos pueden ser irritantes y asfixiantes, siendo
los más importantes el monóxido de carbono, cianuro, amoniaco, benceno, formaldehído, óxidos nitroso y nítrico. Las partículas
de mayor tamaño suspendidas en la atmósfera pueden quedar atrapadas en el material mucoso del aparato respiratorio, o bien
inducir el reflejo de tos y eliminarse con cierta facilidad. En cambio, las partículas pequeñas pueden llegar más profundas en
el aparato respiratorio y producir alteraciones mayores e incluso inducir procesos asmáticos o agravar los preexistentes.
Que en la Ciudad de Rawson en el año 2020 se produjeron un total de 90 incendios, entre ellos se quemaron viviendas,
perdieron la vida animales y personas, se perdió un local comercial, entre otras. Durante el año 2021, hasta julio, en el departamento
causaron 89 incendios, en los cuales ocurrieron pérdidas materiales como maquinarias, movilidades, quema de viviendas y animales.
Que, debido a estas situaciones y a los conocimientos obtenidos a partir de numerosos estudios permitieron desarrollar
técnicas apropiadas para el manejo controlado del fuego y así lograr los máximos beneficios del mismo sobre el
pastizal natural. Las quemas controladas son aquellas en las que se limita la aplicación del fuego a un área determinada y
su planificación requiere conocimientos sobre las condiciones meteorológicas (temperatura, humedad relativa, velocidad del viento),
el lugar y el control del fuego.
Que para llevar a cabo una quema controlada se debe contar con los conocimientos adecuados y profesionales experimentados
que conozcan los protocolos de manejo del fuego. No sólo se debe conocer la técnica de manejo del fuego para evitar escapes
sino también se tiene que conocer, entre otras cosas, la época adecuada para llevarlos a cabo, ya que la respuesta del pastizal
natural varía significativamente en función de ello.
Que en Rawson se implementan las quemas controladas están a cargo de la Dirección de Protección civil y durante el año en curso
se han realizado 29 de estas prácticas. Las solicitudes más comunes de san por parte de los productores y productoras del
Médano de Oro los cuales queman los residuos de espárragos para mejorar su producción. Con estas prácticas de quemas controladas
se han producido 48 incendios de mayo a junio del 2021, mientras que las quemas sin ser controladas han ocasionado 148 incendios
en simplemente un mes.
Que se han observado en ciertas ocasiones por no tener conocimiento correspondiente, han ocurrido incendios de magnitudes
importantes llegando a sufrir pérdidas materiales y de seres vivos, siendo así necesaria la implementación una norma con el fin de
poder cumplir con los objetivos planteados procedentemente.
Que según establece el Código de Faltas, Ley 941- R, en su artículo 169, plantea: “Arrojamiento de residuos, emanaciones de gases,
provocación de fuego: Será sancionado, conjunta o alternativamente, con pena de multa de treinta (30 J) a mil jus (1.000 J),
trabajos de utilidad pública y/o arresto de cinco (5) a treinta (30) días, el que en lugares públicos o privados no habilitados al efecto:
Produzca, provoque o active fuego y/o incendio, cualquiera sea su tipo o motivo, en zona urbana o rural, salvo que cuente con
autorización expresa del organismo competente
Que es precedente dictar instrumento legal.
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE RAWSON
SANCIONA:
ARTÍCULO 1º.- Prohibir la quema en todo el departamento de Rawson exceptuando la quema controlada en zonas rurales
y semi-rurales a productores del departamento con prácticas referidas al manejo del cultivo.
ARTÍCULO 2º.- Entiéndase por quema, al que por cualquier finalidad provocare o activare fuego, incendio o quema de campos
o propiedades en zona rural o urbana, cuando por su desproporción, extensión o intensidad ponga en peligro a personas, cosas o
propiedades vecinas o desprenda humo o sustancias en suspensión que puede afectar el ambiente, bienestar, la salud o tranquilidad
de los seres vivientes.
ARTICULO 3°: Denomínese quema controlada, al uso del fuego de forma segura y planificada manteniéndolo bajo control
dentro de un área determinada, en el caso de Rawson, a través del seguimiento de Protección Civil con el fin de asegurar el control
del fuego para evitar desastres naturales.
ARTÍCULO 4º.- El DEM creará un registro municipal de productores y productoras agropecuarios/as y el mismo estará a
cargo de la Dirección de Producción Agrícola Ganadera perteneciente a la Secretaría de Hacienda y Finanzas de la Municipalidad
de Rawson.
ARTÍCULO 5º.- Autorizar el ejercicio de la quema controlada en los periodos comprendidos entre los meses de abril a julio
de cada año, a los productores/as registrados/as. Las autoridades competentes establecerán las condiciones y requisitos técnicos
para prevenir el riesgo de propagación del fuego y resguardar la salud y seguridad pública. Para la autorización de las quemas
se deberán contemplar al menos, parámetros climáticos, estacionales, regionales, de preservación del suelo, flora, fauna y situación
hídrica y, podrán suspender o interrumpir la ejecución de quema cuando las condiciones meteorológica o de otro tipo que implique
un riego grave o peligro de incendios.
ARTÍCULO 6º.- Las solicitudes de autorización de quemas controladas deberán contener la siguiente información:
A) Datos del responsable de la explotación del predio.
B) Datos del titular del dominio.
C) Consentimiento del titular/apoderado/contratista/heredero del dominio
D) Identificar el predio en el que se desarrolla la quema y metros cuadrados aproximados.
E) Objetivo de la quema y descripción de la vegetación y/o residuos vegetales que se desean eliminar.
F) Técnicas a aplicar para el encendido, control y extinción del fuego.
G) Medidas de prevención y seguridad a aplicar para evitar la dispersión del fuego y resguardar la salud y seguridad pública.
H) Fecha y hora propuesta de inicio y fin de la quema con la mayor aproximación posible.
ARTÍCULO 7º.- La migración de la quema controlada tendrá fecha límite y será estipulada por el Departamento Ejecutivo Municipal.
ARTÍCULO 8º.- El DEM, a través de la Dirección de Producción Agrícola Ganadera perteneciente a la Secretaría de
Hacienda y Finanzas, deberá ejecutar un plan de capacitaciones destinado a brindar las herramientas necesarias para facilitar
la transición de prácticas tradicionales de quema en el departamento a prácticas de manejo con principios ecológicos
enmarcados en el paradigma de Agroecología, promoviendo la producción y uso de bioinsumos en sus unidades productivas.
ARTÍCULO 9º.- Los productores/as registrados del departamento deberán asistir, obligatoriamente, a las capacitaciones
destinadas a la transición de las prácticas de quema a prácticas de manejo del fuego con principios ecológicos.
ARTÍCULO 10º.- Modificar el artículo 194 de la Ordenanza Municipal N°207-k ( Código de Faltas Municipal) el que quedará
redactado de la siguiente manera:
Artículo 194 – Fuego – Quemas: Se impondrá una multa de tres mil (3.000) a siete mil (7.000) UTR a quien provocare o
activare fuego, incendio, quema a cielo abierto, combustión, en zona rural o urbana. Idéntica sanción corresponde
al propietario del inmueble que por cualquier finalidad provocare o activare fuego, incendio o quema de campos o
propiedades en zona rural o urbana, cuando por su desproporción, extensión o intensidad ponga en peligro a personas,
cosas o propiedades vecinas o desprenda humo o sustancias en suspensión que puede afectar el ambiente, bienestar,
la salud o tranquilidad de los seres vivientes.
ARTÍCULO 11º.- Facultar al área de Protección Civil y/o Dirección de Seguridad Comunitaria dependiente
de la Secretaría de Gobierno de la Municipalidad de Rawson a labrar las actas, infracciones y/o multas correspondientes.
ARTÍCULO 12º.- Se faculta al Poder Ejecutivo para reglamentar la norma.
ARTÍCULO 13º.- Comuníquese, publíquese, hecho, archívese.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los dieciséis días del mes de marzo de dos mil veintidós.