RAWSON APROBÓ LA PROMOCIÓN DE LA ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO

El Concejo Deliberante de Rawson en Sesión Ordinaria n° 7 de fecha miercoles 30 de Marzo del corriente, aprobó por unanimidad la ordenanza N° 605-H que se adhiere a la ley nacional n° 27506 y sus modificatorias y a la ley provincial 2740-J.

Nuestro municipio de Rawson con esta norma reconoce la Economia del Conocimiento como una ACTIVIDAD ECONOMICA que se desarrolla en el departamento de Rawson.

Un punto de partida para el desarrollo tecnologico en Rawson.-

Estuvieron presentes en el recinto integrantes de la Asociacion de Desarrollistas Emergentes de Video Juegos, siendo Jorge Godoy su presidente, estando presentes tambien Gonzalo, Angel y Leandro

 

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA:

 

                                                                                                        ORDENANZA N° 605-H

 

VISTOS: Que se dispone el compromiso de este Municipio a adherir a la Ley Nacional N° 27506 - Modificatoria ley N° 27570 , Ley Provincial N° 2340-J, expediente N° 3774 del HCD.

 

Y CONSIDERANDO:       

 

                                            Que la Municipalidad de la Ciudad de Rawson adhiere a mencionadas leyes, con el objeto de crear un punto de partida en el desarrollo tecnológico local, que favorecerá la creación de oportunidades, transformación del empleo y tejido social mediante la generación y transferencia del conocimiento.

 

                                            Que la Ley Nacional N° 27506 y su modificatoria, crea el “Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento”, mediante el cual se promocionará actividades económicas que aplique el uso de conocimiento y la digitalización de la información, apoyando en los avances de las ciencias y de las tecnologías, a la obtención de bienes, prestación de servicios y/o mejoras de procesos se le realizará descuentos a compromisos fiscales y apalancamiento por medios ANR y la Ley Provincia de San Juan N° 2340-J complementariamente realiza aportes de competencia provincial a efectos de adoptar medidas tendientes a promover, con beneficios fiscales y presupuestario, las actividades económicas objeto del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento.

 

                   Que la economía del conocimiento se define como el conjunto de actividades productivas que utiliza la información y los avances derivados de la ciencia y la tecnología para generar valor y ofrecer a la sociedad nuevos productos y servicios, que puedan ser aprovechados por todas las ramas de la producción y mejorar la calidad de vida de las personas;

 

                   Que es nuestra responsabilidad indelegable como legisladores articular las medidas necesarias que busquen proteger y estimular la economía, el desarrollo de quienes apuestan por las nuevas tecnologías y que devienen tanto en la generación de fuentes de trabajo como del crecimiento local, regional y nacional.

 

                      Que en línea con lo expuesto, el Estado Municipal puede realizar también un importante aporte que se sume a los beneficios otorgados por las normas nacional y provincial acompañando a la política pública de promoción del sector.

 

POR ELLO

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

 

DE LA MUNICIPALIDAD DE RAWSON

 

SANCIONA:

 

 

 

ARTÍCULO 1: Adhiérase a la Ley Nacional N° 27506 y Ley Provincial N° 2340-J y sus modificatorias, que establecen los lineamientos del “Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento”. Que tiene como objetivo promocionar la actividad económica que aplique el uso del conocimiento y digitalización, a la obtención de bienes, prestación de servicios y mejoras en procesos, con los alcances y limitaciones de las leyes citadas.

 

ARTÍCULO 2: Reconocer la Economía del Conocimiento como una actividad económica que se desarrolla en el territorio del departamento de Rawson.

 

ARTÍCULO 3: Se instrumenta la siguiente medida de promoción para el sector, que será implementada por el ejecutivo, área de Secretaría de Hacienda y Finanzas:

 

Inciso a): Eximir de tasa municipal a empresas con base tecnológicas durante la vigencia de la ley Nacional. Quedando a criterio del ejecutivo, ad referéndum del Concejo Deliberativo, la posibilidad de extender los beneficios o de proponer una reducción gradual.

 

Inciso b): Reglamentar un registro especial de las empresas con bases tecnológicas que se desarrollan en el departamento incluyendo el proceso administrativo para acceder al beneficio eximición municipal.

 

Inciso c) Capacitar agentes municipales con la incumbencia en la temática para facilitar la gestión en trámites y la información del régimen de la economía del conocimiento.

 

ARTÍCULO 4: Desde las diferentes áreas municipales promover la divulgación de la economía del conocimiento por medio de:

 

Inciso a) Crear, gestionar y/o coordinar programas de formación, capacitación, talleres de desarrollo, pudiendo articular con gobierno provincial, nacional, centros de formación, cámaras, ongs, empresas.

 

Inciso b) Facilitar la creación de espacios propicios para el desarrollo de la actividad en el departamento como laboratorios, centro de investigación, coworking, empresas de desarrollo.

 

Inciso c) Promover eventos de competencia y/o de exposición para la difusión del sector.

 

ARTÍCULO 5: La Comisión de  Producción y Empleo tendrá como objeto estudiar el fenómeno de la economía del conocimiento en el ámbito del departamento y crear herramientas que articulen los actores en la generación de políticas públicas.

 

ARTICULO 6: Comuniquese, publíquese, hecho, archívese.

 

Dado en la Sesiones del Concejo Deliberante de Rawson a los treinta y un días de marzo de dos mil veintidós.

 

2024 Honorable Concejo Deliberante - Municipalidad de Rawson

2024 Honorable Concejo Deliberante
Municipalidad de Rawson
Diseño y Desarrollo LJ Web